El pasado 21 de octubre se dio a conocer la Sentencia C-132 de la Corte Constitucional, mediante la cual se unificaron las demandas y se ratificó la prohibición de estas prácticas. La medida entrará en plena aplicación el 22 de julio de 2027.
Es importante que los coleadores conozcan y lean la Ley 2385 de 2024, así como las sentencias C-374 y C-312, en las que se aborda la prohibición de estas actividades.
La única salida es acogerse a la ley de reconversion económica. No se dejen convencer por quienes afirman que próximamente se aprobará un nuevo proyecto para volver a permitir estas prácticas, eso simplemente NO VA OCURRIR . No esperen hasta el 22 de julio de 2027, cuando estas actividades quedarán prohibidas, para darse cuenta de que no se han inscrito en el proceso de reconversión y podrían quedar por fuera de cualquier apoyo económico que otorgue el Estado, escribió el Ing Arcenio Sandoval quien hizo un video donde explicó en detalle de dónde surgió la prohibición y por qué no habría alternativas jurídicas para revertirla en el marco legal vigente